El Instituto de Movilidad Sustentable (IMOS) ejecutó un operativo especial en Ensenada contra la operación de “mototaxis”, un servicio de transporte prohibido por la ley. Se remolcaron cuatro unidades por operar sin permiso, poniendo en riesgo a los usuarios.
El Instituto de Movilidad Sustentable del Estado (IMOS) informó que este sábado realizó un operativo. La acción se llevó a cabo en el municipio de Ensenada contra unidades que operaban ilegalmente, poniendo en riesgo la seguridad de los usuarios.
El director general de IMOS, Jorge Alberto Gutiérrez Topete, instruyó la intervención inmediata. La directora de Transporte y Control Vehicular, América Robles, dirigió el operativo especial para sancionar.
La intervención se enfocó en unidades que estaban operando bajo la modalidad conocida popularmente como “mototaxis”. Este tipo de servicio ha sido detectado en diversas zonas de la ciudad.
El funcionario Gutiérrez Topete señaló que la ley de movilidad es clara al respecto. De acuerdo con el artículo 92, el transporte público de pasajeros en motocicleta está exceptuado.
“A través de medios digitales nos enteramos de que se encontraban operando unidades conocidas como mototaxis”, explicó el director de IMOS. Se trata de una modalidad prohibida por la legislación vigente.
El funcionario enfatizó que la ley específicamente lo señala como no permitido en el artículo 92. Indicó que se trata de un transporte inseguro y altamente peligroso para la integridad del usuario.
Por esta razón, los inspectores del Instituto intervinieron las unidades que se encontraban prestando el servicio. Como resultado, se logró el remolque de cuatro de ellas por operar sin permiso alguno.
IMOS reiteró que los usuarios de estos vehículos se encuentran totalmente expuestos en caso de algún incidente o accidente. Por lo tanto, se invitó a la población a no utilizar este servicio.
El Instituto de Movilidad invitó a la población a denunciar la operación de estos vehículos. Para ello, puso a disposición el buzón de IMOS en WhatsApp al número 663 127 50 26.

