IEEBC Responde a Solicitud del PRI sobre Revocación de Mandato

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El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) ha respondido a la solicitud del PRI sobre la instrumentación de lineamientos para la revocación de mandato. En cumplimiento de una sentencia del TJEBC, el IEEBC turnó el asunto a su Comisión de Reglamentos para un análisis jurídico detallado, que deberá realizarse en un plazo de 30 días hábiles.

MEXICALI, B.C. A 7 DE JULIO DE 2025. — El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) ha respondido a una solicitud del Partido Revolucionario Institucional (PRI). La petición, realizada por la representación del PRI, se relaciona con la creación de lineamientos para el proceso de revocación de mandato.

Esta acción se da en cumplimiento a una sentencia emitida por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California (TJEBC). Dicha sentencia, derivada del recurso de inconformidad RI-56/2025, ordenaba al IEEBC atender la solicitud planteada por el partido.

En este momento, el IEEBC informó que no está en condiciones de pronunciarse sobre la procedencia de los lineamientos. La naturaleza de la revocación de mandato requiere un estudio jurídico exhaustivo y bien fundamentado. Esto es crucial para poder emitir una votación debidamente razonada al respecto.

Debido a que la solicitud del PRI amerita un análisis profundo, el Consejo General decidió turnar el asunto a la Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos. Esta comisión deberá analizar la viabilidad jurídica de lo peticionado, incluyendo si el Consejo General puede emitir lineamientos ante una posible omisión legislativa.

El TJEBC también estableció que, si la discusión sobre la elaboración de lineamientos se pospone, el Consejo General debe fijar un plazo. Esto garantiza que el tema se aborde en el momento oportuno, sin dilaciones innecesarias, manteniendo la transparencia del proceso.

En este marco, el Consejo General determinó que el primer paso es que la Comisión determine la viabilidad jurídica del avance. Para ello, la Comisión contará con un plazo de 30 días hábiles. Este plazo comenzará a correr a partir del día siguiente a la notificación formal de la Presidencia.

 

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